martes, 2 de febrero de 2010

¿Lo que diga la RAE?

El diccionario de la Real Academia Española recoge muchos vocablos que considero debemos dejar fuera de nuestro vocabulario, por ejemplo, coadyuvar. ¿Qué no es más fácil utilizar contribuir, ayudar o asistir? No es raro encontrar en los periódicos cosas como: "Acusan al DIF de coadyuvar en la trata de personas ", “Como Asamblea Legislativa, podemos coadyuvar en el combate a la delincuencia”, Los medios tienen la obligación de no coadyuvar a la estrategia de .... Si atendemos lo que señala la RAE están escritos correctamente, sin embargo, yo preferiría (y no creo ser la única) que todas las oficinas encargadas de proporcionar ayuda para conseguir determinado fin (con independencia de su ámbito) entendieran que detrás de ese verbo existe un compromiso mayor, del cual, por supuesto, muchos de ellos no tienen idea, pero coadyuvar se escucha como una labor más complicada y por ello de mejor paga.

También las mayúsculas se acentúan

Ojalá todas las dependecias del gobierno, federal, estatal o municipal, utilizarán el acento en las mayúsculas, es increíble que en pleno siglo XXI se sigan utilizando las mayúsculas con el propósito de no acentuar las palabras o, peor aún, argumenten que no se ven bien acentuadas y por eso no utilizan acentos, todas las secretarías de Estado, incluyendo la de Educación Pública, los juzgados, tribunales colegiados y, en algunos casos, hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación no acentúan las mayúsculas, por favor que alguien les avise que tiene años que las palabras escritas en mayúsculas se acentúan sin excepción (SECRETARÍA, CALDERÓN, ÚLTIMO).

La importancia de un manual editorial

En la industria editorial mexicana, la preparación de los editores se adquiere a través de la experiencia y consulta constante de los diccionarios más reconocidos y de los libros encargados de esclarecer el uso correcto de determinadas palabras; sin embargo, muchas de las reglas aplicadas derivan de convenciones que sugieren un uso determinado. Así, cada casa editorial debe resolver sus propias necesidades, por tanto, decidir sobre cómo las convenciones van a influir en su producción editorial. Pero con poca frecuencia se establece el precedente de que así se utilizará en próximos trabajos, es decir, no se elabora un manual que establezca los criterios de dicha casa editorial, lo cual, por supuesto, fijará el estilo e identidad de la editorial.
No sólo es cuestión de establecer reglas gramaticales o sintácticas, sino también de generar una guía de cuestiones ortotipográficas que en conjunto darán cuerpo a la publicación final. Por ello, un manual editorial debe estar en constante revisión pues siempre será un producto inacabado, al cual deben irse agregando diversas cuestiones. Además, cada disciplina se enfrenta a diferentes problemas en cuanto a cómo presentar sus publicaciones, de ahí que cada una de ellas deba contar con un manual específico.
La identidad editorial no sólo se consigue con el color utilizado en los forros o diseño de los mismos, es necesario atender los contenidos y sus formas de presentación, pero es indispensable delimitar cómo vamos a enfrentarnos al original para crear el producto final y que éste tenga los elementos que permitan identificar al lector los signos distintivos de la casa editorial.

Tendencias actuales de la citación en trabajos académicos

Con frecuencia, los libros que tratan cuestiones jurídicas utilizan el sistema tradicional de citación, sin embargo, considero que dicho sistema puede ser reemplazado por el sistema utilizado en Harvard, el sistema MLA, el APA o al menos hacer un uso adecuado del sistema tradicional. Esto lo digo porque muchos de los libros que formaron parte de mi bibliografía en la licenciatura en derecho tenían algunos errores, que al principio parecían no tener trascendencia, pero con loas años me he dado cuenta del daño que pueden causar, pues se van ganando un lugar como citerios exclusivos del derecho y con ello la necesidad de reconocer que el derecho puede ser considerado como una disciplina independiente de las ciencias sociales.
Ejemplo de lo que digo es el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, quien en sus criterios editoriales señala que las citas y notas a pie de página deben iniciar con el apellido del autor seguido de su nombre, dándole entonces, caracter de bibliografía.
Así, conviene señalar la difrencia entre lo que sería la referencia bibliográfica, las citas bibliográficas y la bibliografía; la primera, está constituida por los documentos que han sido citados a lo largo del trabajo; la cita precisa los datos de un texto literal que se ha incluido en el trabajo, en estos dos casos y si es utilizado el sistema de citación tradicional, el orden está dado por el número de la llamada, por tanto, no es necesario ordenar alfabéticamente. Finalmente, la bibliografía debe contener los documentos citados en el trabajo y los que se consideren importantes para el tema que se desarrollo, a pesar de no haber sido utilizados, aquí si deben ordenarse alfabéticamente, bien al final de cada capítulo o al final de todo el trabajo.
Pueden ser cosas insignificantes, pero no podemos seguir creyendo que el derecho tiene su propia forma de citación y confección de bibliograía, en todo caso sería mejor decir que uno prefiere adecuarlo según convenga, y hacer énfasis en que los abogados estamos poco acostumbrados a observar convenciones reconocidas en estos ámbitos.